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Nueva tasa de IGV e IPM 2026 para MYPES de restaurantes y hoteles en Perú

17/2/2026 | CATEGORÍA: ACTUALIZACIONES SUNAT

Desde el 1 de enero de 2026, las MYPES de los rubros restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos deben aplicar una nueva tasa total de 10.5% en sus comprobantes de pago.

Este cambio se debe a la aplicación conjunta de dos normas: la Ley N.º 32219, que mantiene el IGV reducido, y la Ley N.º 32387, que incrementa el IPM de forma progresiva.

¿Cómo se compone la nueva tasa?

La tasa total de 10.5% está formada por:

IGV: 8%
IPM: 2.5%
Total: 10.5%

Antes de 2026, la tasa era 10% (8% IGV + 2% IPM).
El cambio se da únicamente por el aumento del IPM.

¿Por qué el IGV sigue en 8%?
La tasa reducida del IGV para este sector fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante la Ley N.º 32219, como parte de las medidas de apoyo a las MYPES del rubro turismo y gastronomía.

Es decir:

  • No sube el IGV en 2026.
  • Se mantiene en 8%.

Lo que cambia es el IPM.

Incremento del IPM por años

El IPM aumentará de manera gradual:

AÑO
IPM
IGV
TASA TOTAL
20262.5%810.5%
20273.0%12%15%
¿A quiénes aplica esta tasa especial?

Aplica únicamente a MYPES que desarrollen:

  • Restaurantes
  • Hoteles
  • Servicios de alojamiento
  • Alojamientos turísticos

No corresponde al régimen general, que continúa con IGV de 18%.

Factura con la tasa correcta en NubeFacT

En NubeFact, la nueva tasa ya se encuentra disponible dentro del sistema de emisión electrónica.

Nuestra plataforma se mantiene actualizada conforme a la normativa vigente, permitiendo emitir comprobantes con el 10.5% de manera correcta y sin configuraciones complejas.

De esta forma, aseguras el cumplimiento tributario y evitas inconsistencias en tu facturación desde el primer comprobante del 2026.


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