POSTERGACIÓN DE INCORPORACIÓN A LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
¿Quiénes deben emitir comprobantes electrónicos a partir del 2021?. Siga leyendo para conocer el nuevo cronograma… Seguir leyendo
NUBEFACT ya es OSE. Ver resolución de SUNAT .
De requerir el servicio como OSE Cotizar aquí por favor.
Es parte del sistema de emisión electrónica, como medio de emisión de los comprobantes de pago electrónicos y sus documentos relacionados, tales como: factura, boleta de venta, notas de crédito, notas de débito, comprobante de retenciones, comprobante de percepciones, guía de remisión, recibos de servicios público.
El emisor que opte por el sistema de emisión del Operador de Servicios de Electrónicos debe contratar los servicios de un OSE.
La emisión se realiza desde los sistemas desarrollados por el contribuyente al OSE contratado.
La serie de los comprobantes de pago es alfanumérica, inicia con la letra, y su numeración es correlativa, inicia en el número 1.
A través del Portal web de la SUNAT, se puede realizar la verificación de autenticidad del archivo digital enviado desde los sistemas del contribuyente a la SUNAT.
La calidad de emisor electrónico en este Sistema se obtiene por designación de la SUNAT o por elección del contribuyente.
Excepción: DAE. la calidad se obtiene con la primera emisión.
Puede enviar los comprobantes electrónicos desde la fecha de emisión y hasta un plazo de siete (07) días calendarios, contados desde el día siguiente de la emisión. Si el envío es posterior será rechazado aun cuando hubiere sido entregado al adquiriente o usuario.
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Estamos autorizados como OSE así como PSE