
27/5/2026 | CATEGORÍA: NOVEDADES TRIBUTARIAS PERÚ
Las Guías de Remisión Electrónicas (GRE) ya son obligatorias para sustentar el traslado de bienes en Perú. Actualmente, la SUNAT mantiene un periodo de discrecionalidad en la aplicación de determinadas sanciones, beneficio prorrogado hasta el 30 de junio de 2026 mediante la Resolución N.º 000026-2025-SUNAT/700000.
Desde el 1 de julio de 2026, la SUNAT podrá aplicar multas a quienes incumplan con la emisión correcta de las GRE, salvo algunas excepciones establecidas por norma.
La prórroga aplica temporalmente a determinadas infracciones del artículo 174 del Código Tributario, principalmente:
- Numeral 5: transportar bienes con documentos que no reúnen los requisitos o características para ser considerados válidos.
- Numeral 9: remitir bienes sin portar los documentos electrónicos exigidos por SUNAT.
Estas infracciones están relacionadas tanto con el remitente como con el transportista.
La discrecionalidad no aplica para todos los sectores. Desde el 1 de enero de 2025, la SUNAT ya puede sancionar directamente el traslado de determinados bienes sin GRE válida. Entre ellos se encuentran:
Las empresas que comercialicen o transporten estos productos deben cumplir plenamente con la normativa vigente para evitar multas y sanciones.
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Si tu negocio traslada bienes, este es un buen momento para revisar tus procesos y asegurarte de cumplir correctamente con la normativa vigente.
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