La obtención o la asignación de la calidad de emisor electrónico genera, entre otros, los siguientes efectos:
- Usar el formato digital en la boleta de venta electrónica y la nota electrónica vinculada a aquella.
- Colocar la firma digital en la boleta de venta electrónica y la nota electrónica vinculada a aquella.
- Utilizar para la representación impresa un papel que cumpla con las especificaciones , si se usa tecnología de impresión térmica.
- Colocar en la representación impresa de la factura electrónica, la boleta de venta electrónica o la nota electrónica vinculada a aquellas, el valor resumen o el código de barras.
- A partir del 01.01.2018, en la representación impresa indicada en el párrafo anterior, se debe colocar el código de barras.
Definir una forma de autenticación que garantice que solo el adquirente o usuario puede acceder a la información.