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Boleta, factura o ticket POS: cuál emitir en tu negocio según SUNAT

29/8/2025 | CATEGORÍA: FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

Al vender en tu negocio, elegir el comprobante adecuado no solo cumple con la SUNAT, también puede darte beneficios tributarios y mejorar tu relación con los clientes. Aunque existen tres opciones, la boleta y la factura electrónica son las más relevantes hoy en el Perú.

1. Factura electrónica

La factura electrónica es el comprobante usado en operaciones entre empresas (B2B).

  • Se emite solo a clientes con RUC (empresas, profesionales independientes, instituciones públicas).
  • Permite a tu cliente usar el IGV como crédito fiscal y sustentar costo o gasto para el Impuesto a la Renta.
  • Es obligatoria cuando trabajas con el Estado o vendes a otras empresas.
  • Debe emitirse a través de la SUNAT o un Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) autorizado.

👉 ¿Quiénes pueden emitir factura?

  • Contribuyentes en Régimen General, RMT (MYPE Tributario) o RER (Régimen Especial de Renta).
  • No pueden emitir factura los del NRUS, quienes solo pueden emitir boleta y ticket POS.

2. Boleta de venta electrónica

La boleta electrónica se usa en operaciones con consumidores finales (personas naturales sin RUC).

  • No otorga crédito fiscal, pero sí sustenta ingresos del negocio.
  • Cuando el cliente lo solicite o cuando el importe total supere los S/ 700, es obligatorio consignar el tipo y número de documento del adquirente o usuario, salvo que se trate de un no domiciliado que no pueda contar con él (según SUNAT).
  • Beneficio adicional: si consumes en restaurantes, bares, hoteles y alojamientos, la boleta electrónica emitida con tu DNI o RUC permite deducir el 15% del gasto en tu declaración de Impuesto a la Renta (D S N.º 248-2018-EF).

3. Ticket POS

Regulado por la R.S. N.º 141-2017/SUNAT, son comprobantes emitidos mediante sistemas POS bajo el SEE-CF (Sistema de Emisión Electrónica Consumidor Final)

  • Se usa principalmente en operaciones con consumidores finales.
  • Pueden ser emitidos por sujetos acogidos al NRUS o aquellos con actividad principal o secundaria de restaurantes, bares o cantinas
  • Generalmente no permite crédito fiscal ni sustenta gasto, salvo que cumpla requisitos adicionales (como consignar datos completos del cliente, emitirse en original y copia, y estar validado por la SUNAT).

Cuadro comparativo: Factura vs. boleta vs. ticket POS

Comprobante¿Para quién?Beneficios claveEmisor autorizado por SUNAT
Factura ElectrónicaEmpresas (RUC)Crédito fiscal, sustento de gasto, obligatorio en B2B y con el Estado.Contribuyentes en Régimen General, RMT, RER
Boleta ElectrónicaConsumidores finales (DNI/RUC)Sustenta ingresos, deducción 15 % en ciertos gastos.Todos los regímenes, incluso NRUS
Ticket POSConsumidores (ventas rápidas)Agiliza operaciones, pero con beneficios tributarios limitados.Principalmente NRUS

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